En este momento estás viendo La imperiosa necesidad de la ley sobre adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza en la República Dominicana

La imperiosa necesidad de la ley sobre adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza en la República Dominicana 

Por Alan Solano Tolentino

I.Introducción General 

En los últimos días, a raíz de tensiones provocadas por la construcción de un canal en territorio haitiano, con el objetivo de desviar el cauce natural del río Masacre, el gobierno dominicano ordenó el cierre del paso fronterizo por la provincia Dajabón y también el cierre del mercado binacional entre la República Dominicana y Haití, que funciona con regularidad en la indicada provincia.

Pero además, el señor Santiago Riverón, alcalde del ayuntamiento del municipio de Dajabón, provincia Dajabón, expresó cosas tan preocupantes como las siguientes: “la situación prácticamente se ha salido de control…los haitianos ya andan haciendo y deshaciendo en la ciudad y han adquirido propiedades…allá han hecho negocios…el cuarenta por ciento (40%) de los comerciantes…en el intercambio comercial han desplazado a los dominicanos…hay comerciantes dominicanos que muchas veces se meten en crisis ¿qué hacen? le venden al primero que lleguen…yo veo que viene un haitiano y te da diez millones (RD$10,000,000.00), doce millones (RD$12,000,000.00) por una casa en Dajabón y te monta un negocio…”.[1]

Estas declaraciones resultan alarmantes, máxime si tomamos en cuenta lo establecido en la Constitución dominicana en su artículo 10, numeral 2, el cual establece lo siguiente:

Artículo 10.- Régimen fronterizo. Se declara de supremo y permanente interés nacional la seguridad, el desarrollo económico, social y turístico de la Zona Fronteriza, su integración vial, comunicacional y productiva, así como la difusión de los valores patrios y culturales del pueblo dominicano. En consecuencia:

…2) El régimen de adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la Zona Fronteriza estará sometido a requisitos legales específicos que privilegien la propiedad de los dominicanos y dominicanas y el interés nacional.”.

A pesar de que esta reserva de ley se encuentra contenida en nuestra Constitución desde el año 2010, al día de hoy, más de 13 años después y a pesar de la importancia que reviste para la soberanía nacional la indicada legislación, todavía no ha sido promulgada.

Pero, ¿por qué es indispensable regular la adquisición de la propiedad inmobiliaria específicamente en la zona fronteriza y no en otras zonas de la República Dominicana? A continuación, trataremos brevemente un caso internacional sobre este particular.

II.Caso Independencia de Texas de México[2]

 Debido a la grave crisis económica que atravesaba los Estados Unidos de Norteamérica en el primer cuarto del siglo de XIX, se desarrolló un proyecto donde aproximadamente trescientas familias se asentaron en territorio texano, en aquel entonces perteneciente a México, con el fin de producir y contribuir con la colonia.

Algunas contradicciones entre las políticas en torno a la esclavitud, la cual estaba prohibida en México pero que era el gran motor económico de los hacendados texanos, trajo ciertos conflictos entre los habitantes de Texas y los gobiernos mexicanos, así como diversas políticas impositivas y migratorias que no eran del agrado de los pobladores texanos.

Otra particularidad, en este caso carácter geográfico, es que Texas se encontraba separada considerablemente de las demás ciudades mexicanas por un gran desierto, lo cual provocó que se fortalecieran aún más las relaciones comerciales entre Texas y los Estados Unidos de Norteamérica.

Por igual, la promulgación de la Constitución mexicana de 1835, que sustituía el sistema de gobierno federal por un sistema centralizado de las provincias mexicanas, provocó grandes malestares a los habitantes de Texas, ya que le quitó a esta ciudad su autonomía política.

Sin abundar en mayores detalles, entre los años 1836 y 1847 se suscitaron varios conflictos políticos y bélicos, que trajeron como consecuencia que México perdiera nada más y nada menos que la mitad de su territorio de los Estados Unidos de Norteamérica.

Lo anterior, en resumen, inició por la evidente permisividad de México en prácticamente ceder de facto a Texas a personas físicas que en su gran mayoría, eran ciudadanos estadounidenses. Esto, aunado a la clara intención del gobierno estadounidense de ampliar su territorio y la notoria debilidad del ejército mexicano, provocó el funesto desenlace indicado en el párrafo anterior.  

III.Respecto a la Ley sobre adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza en la República Dominicana

Al día de hoy, contamos con leyes promulgadas recientemente de transcendental importancia para el desarrollo de la frontera dominicana, como por ejemplo la Ley número 12-21, de 22 de febrero de 2021, la cual crea la Zona Especial de Desarrollo Integral Fronterizo y un régimen de incentivos, que abarca las provincias Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco.

A su vez, podemos mencionar la Ley Orgánica de Regiones Únicas de Planificación de la República Dominicana, número 345-22, de 29 de julio de 2022, cuyo objeto es, según su artículo 1: “…la organización, composición y delimitación de las regiones únicas de planificación en el territorio nacional y tiene como objetivo propiciar un mejor desarrollo a escala nacional, regional y local…”.

En cuanto a la ley objeto del presente artículo, el 10 de junio de 2020, el licenciado Francisco A. Bautista Medina, diputado por la provincia Elías Piña, solicitó la reintroducción por haber perimido, de un proyecto de ley que regula la adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza de la República Dominicana. Este proyecto de ley no fue aprobado.

La última noticia que conocemos sobre este particular, es que el 18 de agosto de 2022, fue sometido por el licenciado Aris Yván Lorenzo Suero, en su condición de senador por la provincia Elías Piña, un proyecto de ley que establecería el régimen jurídico de la propiedad de las tierras fronterizas.[3] Desconocemos cual fue el destino de este proyecto de ley.

Previo a esto, el doctor Wilson Gómez Ramírez, actual presidente del Instituto Duartiano, indicó que: “…nadie ha dicho qué se está haciendo para preservar y controlar las tierras en la franja fronteriza con el vecino Haití, como establece el numeral 2 del artículo 10 de la constitución que declara el interés nacional la seguridad, el desarrollo económico, social y turístico de esta zona.”[4]

Igualmente, el más alto tribunal en materia constitucional en la República Dominicana, el Tribunal Constitucional dominicano, de manera expresa estableció lo siguiente:

“10.2.18. Finalmente, el Tribunal Constitucional considera propicia la ocasión para exhortar, así mismo, al Congreso Nacional, a que proceda a la elaboración y emisión de otras normas de parte del Congreso Nacional, respecto de las que también el constituyente ha previsto una reserva de ley. Tal es el caso de la ley concerniente al régimen de adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza (artículo 10 numeral 2 de la Constitución) …”[5]

A pesar de los proyectos de ley ya mencionados, las opiniones acreditadas en la materia y la exhortación del Tribunal Constitucional dominicano, la realidad es que lamentablemente, aún no contamos con una ley que regule la adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza.

IV.Conclusiones

Visto todo lo anterior, tomando en cuenta las alarmantes declaraciones dadas recientemente por el señor Santiago Riverón, alcalde del ayuntamiento del municipio de Dajabón, provincia Dajabón, a estas alturas urge –debiendo ser considerado de alto interés nacional y patriótico–, la promulgación de la ley que regule la adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza.

Anteriormente, también el senador por la provincia Elías Piña, había expuesto por igual, declaraciones que llaman a una reflexión profunda, al decir que: “…más del 80% de los terrenos fronterizos no están titulados…se hace necesario que el Estado inicie un plan de titulación en toda la franja fronteriza hasta unos 25 kilómetros hacia dentro del territorio dominicano…muchos haitianos se apoderan de las propiedades de los dominicanos con facilidad aprovechando la falta de poder adquisitivo de los criollos. Si eso se permite los haitianos desplazaran a los dominicanos en toda la franja fronteriza. Entonces la soberanía se va a ver comprometida”.[6]

Si el Estado dominicano se descuida, nos podría pasar lo que le sucedió a México al perder a Texas de manos de los Estados Unidos de Norteamérica, por permitir que ciudadanos estadounidenses habitaran masiva y mayoritariamente el territorio de esa ciudad y luego se apropiaran de este a la fuerza.

Tomando en cuenta los resultados preliminares del Censo Nacional de 2023,  las provincias fronterizas cuentan con un porcentaje muy bajo de la población nacional, habitando en ellas personas de muy escasos recursos, que buscan (muchos de ellos) la oportunidad de emigrar a otras latitudes nacionales e internacionales en busca de una mejor calidad de vida.

En ese mismo sentido, precisamente sustentados en los datos preliminares del Censo Nacional de 2023, las provincias Monte Cristi (1.1% de la población nacional, equivalente a 118,360 personas), Dajabón (0.7% de la población nacional, equivalente a 75,320 personas), Elías Piña (0.6% de la población nacional, equivalente a 64,560 personas)  Independencia (0.6% de la población nacional, equivalente a 64,560 personas) y Pedernales (0.3% de la población nacional, equivalente a 32,280 personas), son poblaciones muy vulnerables con habitantes sumergidos en la pobreza debido a la falta de oportunidades, que con mucha facilidad podrían vender sus propiedades inmobiliarias a extranjeros con mayor poder adquisitivo, potencialmente con fines migratorios (tanto el vendedor como el comprador), lo cual supondría un peligro real a la soberanía y seguridad nacional, ya que estas tierras pudiesen poco a poco quedar en manos de personas físicas y jurídicas extranjeras. ¿Acaso permitiremos que en nuestro país se repita una historia tan funesta como la ocurrida en México?

Finalmente, solicitamos encarecidamente al Estado dominicano en su conjunto, que aúnen sus voluntades en beneficio de la República Dominicana, a los fines de que elaboren y promulguen con carácter de urgencia y con alto sentido patriótico, la ley sobre adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza en la República Dominicana.

[1] Grabación audiovisual publicada en la red social Instagram, usuario “elvincastillon” perteneciente al señor Elvin Castillo, el 11 de septiembre de 2023, consistente en un fragmento de una entrevista realizada al señor Santiago Riverón en el programa “Una nueva mañana” [consulta: 11 de septiembre de 2023].

[2] EN MINUTOS, INDEPENDENCIA DE TEXAS en minutos, 2021, YouTube, [consulta: 11 de septiembre de 2023]. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=egKzApVYCAk. También ver Memorias de Pez, Resumen de la GUERRA de MEXICO-ESTADOS UNIDOS en 10 minutos, 31 de mayo de 2021, YouTube, [consulta: 11 de septiembre de 2023]. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=1fpNfDzJxGk.

[3] Diario Libre, Plantean extranjeros no puedan adquirir bienes en zonas seguridad frontera, 29 de agosto de 2022, [consulta: 11 de septiembre de 2023]. Disponible en: https://www.diariolibre.com/actualidad/nacional/2022/08/28/ley-prohibiria-extranjeros-comprar-inmuebles-zona-frontera/2031499.   

[4] Hoy, Instituto Duartiano pide preservar tierras e inmuebles fronterizos, 26 de enero de 2019, [consulta: 18 de junio de 2023]. Disponible en: https://hoy.com.do/instituto-duartiano-pide-preservar-tierras-e-inmuebles-fronterizos/.

[5] Sentencia TC/0113/21, Expediente Núm. TC-01-2014-0024, de 20 de enero de 2021. Subrayado y negritas nuestros.

[6] Declaraciones contenidas en la publicación de Diario Libre anteriormente individualizada.

Esta entrada tiene un comentario

  1. Severo

    Se debe proteger la frontera dominico-haitiana pero lamentablemente de ninguno de los lados hay un plan, años han pasado y la frontera está de mal a peor, se necesita voluntad política para hacer cambios, verdaderos cambios. Es urgente que el estado dominicano haga algo con esto, pero otra vez no hay un plan fronterizo, quizás esto se debe a qué hay mucho beneficio por el desorden de la frontera, si esto trae beneficios a empresas y grupos.

Comentarios cerrados.