La Administración adopta cotidianamente decisiones que inciden desfavorablemente sobre los derechos o el patrimonio de las personas. Sin embargo, no toda decisión perjudicial constituye una sanción en sentido jurídico, aunque puedan ser percibidas como extremadamente desfavorables. Una expropiación, por ejemplo, puede resultar mucho más gravosa para su destinatario que una multa por estacionamiento indebido y, pese a ello, no posee naturaleza sancionadora. Lo que distingue a una sanción de otros actos desfavorables es que la misma se presenta como una respuesta a una conducta que el ordenamiento considera como ilícita o antijurídica.
En fecha 27 del mes de diciembre de 2023, fue dictada la sentencia TC/1094/23 por el Tribunal Constitucional Dominicano (en lo adelante TC), en ocasión a una Acción Directa de Inconstitucionalidad contra la Ordenanza No. 1-2022 de fecha 16 de febrero de 2022, emitida por el Concejo Municipal del Ayuntamiento del Distrito Nacional, disposición municipal que, entre otras cosas, dispone el establecimiento de una contribución especial a cargo de las personas físicas y jurídicas que realizan actividades comerciales y hacen uso exclusivo de acceso a sus establecimientos, aprovechando las aceras, alterando su construcción original . Decisión que sirvió para convencernos en plasmar la presente reflexión, pues ya habíamos tenido conocimiento de varias decisiones sobre este aspecto.
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