Es el Tribunal que está llamado a luchar contra esta mala práctica que se ha tornado ley, exigiendo valores mínimos de publicación en los distintos escenarios en que se den las circunstancias, pues incluso bajo la ausencia de una solicitud en esa línea por parte del embargado, el Tribunal es el veedor absoluto de que el proceso cumpla con los requisitos mínimos establecidos por ley, y esto, jamás, podrá ser simplemente simbólico

Continuar leyendoLa inexistencia como sanción al edicto en materia de embargo

Por consiguiente, es claro que los órganos y entes administrativos están constitucionalmente habilitados para adoptar las medidas idóneas y adecuadas para proteger los derechos de las personas, de modo que no tienen que esperar a que el legislador les autorice para actuar en beneficio de los ciudadanos. En estos casos, la actuación administrativa se desarrolla en ejecución directa de la Constitución, en tanto norma suprema del ordenamiento jurídico. De ahí que es indudable que en la actualidad nos encontramos frente a un sistema administrativo más garantista de los derechos fundamentales, el cual se despliega en torno a las personas.

Continuar leyendoHacia una Administración garantista