CONTRIBUYENDO CON EL DESARROLLO DEL DERECHO
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Juan N.E. Vizcaíno Canario
Abogado, egresado de la UASD. Magister en Procedimiento Civil por la PUCMM. Especialista en justicia constitucional por la UCLM-Toledo, España. Actualmente, se desempeña como letrado en el Tribunal Constitucional de la República Dominicana. Posee amplia experiencia y conocimientos en derecho civil, procedimiento civil, inmobiliario, electoral, constitucional y procesal constitucional. Ha realizado estudios relativos a derechos y redes sociales y también ha participado en actividades nacionales e internacionales que han contribuido con el enriquecimiento de su formación académica, profesional y personal. Ha sido docente de derecho constitucional en la UNIBE.


CONTENIDO DE LA PAGINA
Sentencias
Resumen de decisiones destacadas de la SCJ, del TC y del TSE
Resoluciones
Resoluciones de interés general
Legislaciones
Extracto de leyes importantes
Compilaciones
Compilaciones de Estudios Legales y ediciones especiales
COLABORACIONES DE ESCRITOS JURÍDICOS

Sentencias del Poder Judicial y derecho a la intimidad
La administración de justicia impone un ejercicio más comprometido del habitual de la función pública por el tipo de legitimación original que ostentan los demás poderes del Estado: legislativo y ejecutivo, es incluso, un cuestionamiento de carácter ético que condiciona ─no solo por el efecto de la opinión pública─ el contenido de las decisiones de los nobles Jueces, quienes en nuestro sistema jurídico cuentan con méritos acreditados en el programa de aspirantes a Jueces de Paz a cargo de la Escuela Nacional de la Judicatura, pilar de la institucionalidad.

Tratados internacionales y el control preventivo de constitucionalidad
En la Constitución dominicana se encuentra una opción internacional que permite integrar al ordenamiento interno las normas consuetudinarias y convencionales del Derecho Internacional que rigen las relaciones entre los Estados, y las convierte en reglas de conducta efectivas y aplicables a las relaciones entre los órganos públicos y los particulares. Lo cual es visible en el artículo 74.3 de la Constitución “jerarquía constitucional” a los tratados suscritos con otras naciones relativos a los derechos humanos. Dicha cláusula de integración prevista en el artículo 26.5, el cual “a fin de fortalecer una comunidad de naciones que defienda los intereses de la región”, igualmente el Estado podrá suscribir tratados internacionales “para atribuir a organizaciones supranacionales las competencias requeridas para participar en procesos de integración”.

La evaluación ambiental estratégica y su influencia en la validez jurídica de los planes de ordenamiento territorial
La República Dominicana se encuentra en un proceso de modernización del derecho urbanístico que supone la necesaria ordenación del territorio nacional, atendiendo a los instrumentos técnicos, jurídicos y políticos, denominados “Planes de Ordenamiento Territorial”, los cuales son la respuesta a un mandato que la Constitución dominicana establece en su artículo 194: “Es prioridad del Estado la formulación y ejecución, mediante ley, de un plan de ordenamiento territorial que asegure el uso eficiente y sostenible de los recursos naturales de la Nación, acorde con la necesidad de adaptación al cambio climático”; debidamente integrados, ajustados y reconocidos en nuestro ordenamiento a través de la Ley núm. 368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos (en lo adelante “LOT”), más allá de los mandatos propios de la Estrategia Nacional de Desarrollo vigente.

¿Los sacrificios fiscales son derechos fundamentales del pueblo dominicano?
El gasto tributario -sacrificios fiscales- consisten en los recursos dejados de percibir por el Estado por la existencia de incentivos o beneficios que reducen la carga tributaria que deberían de enfrentar determinados contribuyentes en relación con el sistema tributario que predomine. CIAT (2021). Este ha sido concebido en la Constitución Dominicana dentro del Régimen Económico y Financiero, y es concebido como una garantía institucional constitucional.

El recurso donde habita el olvido
La celeridad, como atributo esencial de la acción de amparo, muere una vez se ejerce la vía recursiva.

Presunción de validez, fardo probatorio e igualdad de partes ¿mito o realidad?
La tutela judicial efectiva no se limita al simple acceso a una decisión motivada por un Tribunal imparcial, en numerosas oportunidades se puede advertir que su concretización, además de incluir la aplicación, ejecución o concreción de esa sentencia por parte de la Administración Pública encausada se extiende a las reglas de igualdad de las partes y valoración del caso siguiendo los criterios de la sana critica.