La función esencial del Estado dominicano es la protección de los derechos de la persona, el respeto a su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas, tal y como establece el artículo 8 de la Constitución de la República.

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El derecho a que se respete la intimidad constituye una gran conquista a nivel de derechos fundamentales, dado a que con ello se garantiza el establecimiento de los límites que resulten necesarios para proteger la vida privada de las personas y, en consecuencia, blindar las informaciones de carácter privado, evitando su incorrecto uso por parte de extraños.

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