Al conteo, valorización y consolidación de los votos emitidos, en el ámbito político-electoral, se le denomina “escrutinio”. Este proceso técnico y jurídico-administrativo incluye el conteo de votos emitidos (el elemento más elemental del escrutinio); el número de electores que votó en cada colegio electoral; el número de votos emitidos a favor de cada una de las organizaciones políticas y candidaturas, así como los votos nulos y observados.
Con la promulgación de la Ley de casación el pasado 17 de enero, el ordenamiento dominicano recibe el 2023 con la sustitución de la reforma, que, sobre este recurso, experimentó la derogada Ley núm. 3726 en el año 2008. La novedad, pese haber sido un proyecto poco debatido en la comunidad jurídica local y de un trajinar acelerado de menos de doce meses en el Congreso de la República a contar desde su introducción al Senado a finales de agosto del dos mil veintidós, significará para esta vía extraordinaria de contestación una especie de recomposición de su procedimiento y consecución de sus efectos.
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