La debida motivación de sentencias es un tema ampliamente discutido en la doctrina y jurisprudencia dominicana. Nuestra Constitución como bien resalta el magistrado Domingo Gil no contiene expresamente esta garantía fundamental, estableciendo que el texto constitucional no contiene -lo cual es una penosa carencia- ninguna disposición expresa relativa a las garantías sobre el pronunciamiento de las sentencias, como son el derecho del justiciable a una decisión debidamente fundada y motivada.
Se hace impostergable la creación de un marco legal sobre Derecho Marítimo. El país necesita contar con herramientas jurídicas adecuadas para la resolución de conflictos, que suprima formalidades innecesarias y que garantice el acceso a una justicia rápida y oportuna cuando el caso así lo amerite. Una legislación en asuntos marítimos delimitada y bien estructurada garantizaría la seguridad de la inversión local y extranjera, lo que se traduce en múltiples beneficios al Estado Dominicano.
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