El control de constitucionalidad y más específicamente el control difuso en República Dominicana es insertado en nuestra primera Constitución del 6 de noviembre de 1844, en sus artículos 35 y 125 respectivamente,
Por: Thiaggo Marrero PeraltaTras varios años de intensa discusión, con la aprobación del Código Procesal Penal en el 2002 el país se abocó a la instauración de un nuevo proceso penal,…
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