La República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho que se erige como protector de los derechos fundamentales, según se deriva del artículo 7 de la Constitución. En este sentido, la norma suprema contiene un amplio catálogo de estos derechos, los cuales son reconocidos en varias categorías, sin que esto implique un orden de preferencia, aunque es evidente que existen algunos sin los cuales no es posible lograr la consecución de otros; no obstante, en ocasiones surgen discusiones sobre lo que debería imperar ante una confrontación entre estos derechos.

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La Administración Pública ha sido dotada de un amplio abanico de facultades, lo que exige una estructuración adecuada para asegurar el cumplimiento efectivo de las mismas. En este entendido, se han delegado diversos mecanismos de control, claramente deslindados en cuanto a su alcance y propósito. Entre ellos, el control interno se posiciona como la primera línea de defensa, siendo responsabilidad de la propia Administración velar por el cumplimiento normativo y el uso adecuado de los recursos públicos.

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