En la sentencia TC/0508/21 el Tribunal Constitucional conoció sobre una acción directa de inconstitucionalidad, declarando las disposiciones sometidas a control de constitucionalidad inexequibles y dictando una sentencia manipulativa en la que, concretamente, suprime la atribución del Tribunal Superior Electoral para conocer de los delitos y crímenes en materia electoral, relegándola a la jurisdicción penal ordinaria.

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