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El Teletrabajo en la República Dominicana. Ventajas, desventajas y regulación

Por: Beatriz Arias Cambero

La República Dominicana, al igual que otros países del mundo, adoptó en sus estrategias de trabajo lo que hoy en día conocemos como el Teletrabajo, un término muy acuñado en estos tiempos, y que a raíz de la pandemia del Covid-19 (Coronavirus), las empresas y la Administración Pública implementaron en sus formas operativas de trabajar.

El Teletrabajo sirvió de herramienta necesaria para aquellas empresas e incluso para que algunas Administraciones Públicas pudieran llevar a cabo sus actividades laborales sin grandes complicaciones, salvo las limitaciones conocidas, como la falta de internet, energía eléctrica, computadoras, tablets o teléfono, que de manera presencial se les imposibilitaba realizar a raíz de la pandemia.

No obstante, a esta importante herramienta, las empresas y la Administración Pública debieron enfrentar la imposición de esta, dando pasos agigantados para sobrevivir, en especial la Administración Pública cuya función primordial es brindar servicios a los ciudadanos, lo cual es de vital importancia.

La implementación del Teletrabajo en la República Dominicana bajo un escaso esquema jurídico laboral regulatorio, por no decir ninguno, desencadenó un análisis comparativo de ventajas y desventajas no solo para el trabajador, sino también para el empleador, contribuyendo a un cambio de paradigma laboral.

En el presente estudio vamos a presentar las definiciones del Teletrabajo, sus principales características, así como las diferentes modalidades. Posteriormente, pretendemos recopilar las ventajas, desventajas y un breve análisis sobre la regulación del teletrabajo en la República Dominicana.

¿Qué es el teletrabajo?

En América Latina encontramos que hay diferentes países que además de haber incluido en sus regulaciones y normativas del trabajo, el término teletrabajo, lo han definido como detallamos a continuación:

En Argentina, mediante la Ley de Contrato de Trabajo No. 20.744, se incluyó un régimen jurídico del teletrabajo, el cual en su Art. 1 lo define de la manera siguiente:

“Artículo 1°.- Se entiende por teletrabajo a los efectos de esta ley, a la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios en los términos de los artículos 21 y 22 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, en las que el objeto del contrato o relación de trabajo es realizado total o parcialmente en el domicilio del trabajador o en lugares distintos del establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de todo tipo de tecnología de la información y de las comunicaciones (TIC). Se entiende por teletrabajador en relación de dependencia a toda persona que efectúa teletrabajo según la definición anterior (Boiarov, 2008)”. 

En Chile, la reforma al Código de Trabajo en el año 2001, trajo consigo la Ley 19.579, la cual introdujo el Teletrabajo y lo define de la manera siguiente:

“trabajo a distancia a través del uso de la tecnología de información y comunicación” (Boiarov, 2008).

También se reguló todo lo relativo al contrato de trabajo y las horas de la jornada laboral.

Por otro lado en Colombia existe la Ley 1221 del año 2008, la cual establece normas para promover y regular el teletrabajo, en ese sentido, lo define de la manera siguiente:

“Forma de organización laboral que se desarrolla en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), para el contacto entre el trabajador y empleador sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo (Artículo 2, Decreto 884 de 2012)”.

En el caso de la República Dominicana, el Código de Trabajo (Ley 16-92) define el Trabajo a Domicilio, de la manera siguiente:

“Art. 266.- Trabajo a domicilio es el que ejecutan los trabajadores en el local donde viven, por cuenta de una o más personas físicas o morales, las cuales son consideradas como empleadores. También es trabajo a domicilio el que es ejecutado por los trabajadores en un local o taller distinto al de las personas por cuya cuenta trabajan”. 

Es evidente que en cada una de las definiciones hay un factor común, y es el hecho de que el trabajador desempeña sus actividades laborales en su domicilio, a distancia de la sede donde habitualmente debe presentarse físicamente para realizar su labor. También podemos observar que se incluye el uso de tecnología de la información, así como herramientas tecnológicas para poder realizar las actividades laborales.

En el caso de la República Dominicana vemos que en el Código de Trabajo no se incluyen las herramientas tecnológicas, el Código data del año 1992, y no solo por eso, sino porque hasta el momento nunca había sido tan necesario trabajar desde casa para preservar la vida.

Principales características del Teletrabajo

El teletrabajo posee las características siguientes:

  • Actividad laboral que se lleva a cabo fuera de la organización.
  • Utilización de tecnologías de la información
  • Replanteo de mecanismos de control y seguimiento

En la primera característica nos encontramos con una actividad llevada a cabo fuera de la organización, o más bien, en el ambiente del hogar, principalmente.

El Covid-19 además de traer consigo un proceso de pérdidas humanas a raíz de los altos niveles de contagio lesivos para los más vulnerables, y su rápida propagación, también provocó un cambio en el hogar, y este fue la integración del trabajo en las actividades cotidianas del hogar, teniendo el teletrabajador que acondicionar un espacio dentro de sus posibilidades para realizar sus actividades laborales en las mejores condiciones posibles.

En la segunda característica, y para el caso de la República Dominicana, la utilización de tecnologías de la información provocó un alza en otros aspectos implicados al Teletrabajo, tales como, el aumento del uso de internet en los hogares, el aumento de la energía eléctrica por el uso de varios instrumentos de trabajo, computadoras, tablets, celulares, entre otros., y el aumento de la canasta alimenticia, producto de las largas jornadas de trabajo y consumo de energía física, lo cual provoca en el ser humano un consumo orgánico o no de alimentos, es decir, las personas a mayor consumo de energía física mayor consumo de alimentos.

En la tercera característica, los mecanismos de control y seguimiento se realizaban de la forma tradicional, pero al momento de que el Mundo tuvo que enfrentar la pandemia del Covid-19, debió rápidamente apoyarse en software de alta tecnología para controlar y dar seguimiento a las actividades laborales que debían continuar realizándose, por ejemplo, tenemos el caso del Poder Judicial Dominicano, que a raíz de la llegada del Coronavirus se encontraba inmersa en la primera fase de su Plan Estratégico Visión 20/24, el cual incluía los servicios ofrecidos de forma virtual, solo que la situación provocó que se agilizara en la implementación del plan para eficientizar los servicios que se ofrecían de forma habitual. Para controlar a su personal y dar seguimiento a las labores, el Poder Judicial Dominicano adquirió las licencias del Microsoft Office 365 para empresas, mediante las cuales tiene como herramientas principales, Teams para realizar videoconferencias, llamadas, archivos compartidos entre otras facilidades, con todos los miembros del Poder Judicial, incluyendo su Presidente, lo que junto a todas las demás herramientas que posee este interesante programa, a lo interno de la institución se mantienen conectados todos los servidores judiciales ofreciendo las informaciones requeridas según lo que se solicite.

Modalidades del Teletrabajo

El Libro Blanco, ABC del teletrabajo en Colombia, establece tres modalidades del teletrabajo y los define de la manera siguiente:

  • Teletrabajo autónomo: Trabajadores independientes o empleados que se valen de las TIC para el desarrollo de sus tareas, ejecutándolas desde cualquier lugar elegido por ellos. (de Trabajo)
  • Teletrabajo Suplementario: Trabajadores con contrato laboral que alternan sus tareas en distintos días de la semana entre la empresa y un lugar fuera de ella usando las TIC para dar cumplimiento. Se entiende que teletrabajan al menos dos días a la semana. (de Trabajo)
  • Teletrabajo móvil: Trabajadores que utilizan dispositivos móviles para ejecutar sus tareas. Su actividad laboral les permite ausentarse con frecuencia de la oficina. No tienen un lugar definido para ejecutar sus tareas. (de Trabajo)

El teletrabajo en la República Dominicana post pandemia del Covid-19

A pesar de que, al momento de la realización de este estudio, la República Dominicana aun se encuentra siendo afectada por la pandemia del Covid-19, hemos querido establecer el término post pandemia en el sentido de que, no obstante, a que vamos a reducir la curva de contagios del Coronavirus, el teletrabajo es una de las modalidades del trabajo que vino para quedarse, y es un efecto de la post pandemia.

Como habíamos manifestado en otro apartado de este estudio, el Teletrabajo implica otros factores que deben ser tomados en cuenta para su establecimiento, no basta con que el trabajador tenga a disposición un espacio adecuado para teletrabajar, y tenga una computadora en optimas condiciones y energía eléctrica 24 horas, sino que además necesita una regulación establecida y clara de los límites, beneficios y remuneraciones por ejercer su trabajo bajo cualquiera de sus modalidades.

El Teletrabajador de la República Dominicana está trabajando bajo los mismos esquemas normativos, excepto porque en esta ocasión ha tenido que ejercer un trabajo sin ningún parámetro, con excepción de escasas organizaciones que ya se encontraban en la fase de implementación, pero en sentido general, pocas empresas y organizaciones estaban preparadas para teletrabajar.

Los gobiernos centrales de la República Dominicana, como forma de adaptación a los tiempos tecnológicos que envuelve el mundo, fomentando la conectividad y la eficientización de los procesos a través de plataformas digitales, ha ido promoviendo no solo oficinas virtuales, sino que también ha creado las diferentes páginas web de los diferentes Ministerios donde los ciudadanos pueden acceder a algunos servicios o avanzarlos por esta vía.

Esta iniciativa ha sido un gran avance para un país de la región, luchando con sus problemas ancestrales como es la energía eléctrica y las telecomunicaciones focalizadas, es decir, una metrópolis muy bien comunicada, con buenas bandas anchas de internet, pero una periferia con escasas conexiones a través de internet.

A esta situación se le suma la educación, pues manejar un celular no necesariamente lo hace capaz de teletrabajar, es un gran avance, pero no el primordial, se requiere tener habilidades técnicas básicas de informática, en el mejor de los casos para teletrabajar, por tanto, la educación es otro factor que implica el teletrabajo.

Sin quitarle la importancia que tienen cada uno de los factores que implican el teletrabajo en la República Dominicana, tales como la educación, la inflación, la canasta alimenticia familiar, y el estado de emergencia como tal, hay tres factores primordiales que se deben tomar en cuenta para la implementación del teletrabajo, estos son:

  1. La Gestión del Cambio
  2. Plataforma tecnológica
  3. Legislación

En el primer punto podemos decir que al implementarse el Teletrabajo necesariamente las organizaciones deben tener un enfoque práctico de la gestión del cambio, en el sentido de que deben sensibilizar a su personal principalmente al entendimiento y adaptación del cambio que se producirá, sin imposición, más bien en un ambiente armónico, de facilitaciones y apoyo.

En el segundo punto las organizaciones deben comprometerse a adquirir plataformas tecnológicas que ayuden al trabajador a seguir desempeñándose de manera óptima, y facilitarlas.

Por último, y en tercer punto, se encuentra la legislación del Teletrabajo, especialmente en la República Dominicana, debido a que, hasta el momento de este estudio, no existe ninguna regulación normativa al respecto, sobre todo que en uno de los ejes de la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, en el Segundo informe de avance en la implementación de la referida ley del año 2014, el proyecto de ley de promoción y difusión del teletrabajo perimió.

Ventajas y Desventajas del Teletrabajo en la República Dominicana.

En vista de todo lo que hemos expresado, podemos establecer las ventajas y desventajas siguientes:

VentajasDesventajas
Racionalización de horariosLargas jornadas de trabajo por estar en el hogar
Disminución de contaminación ambientalDepresión de los trabajadores por el no contacto físico y social
Flexibilidad laboralMultitareas por la digitalización del trabajo
Reducción de gastos y tiempo por desplazamientoAumento de presupuesto a la canasta alimenticia familiar y a la energía eléctrica
Reducción del estrés laboralAumento del estrés familiar por la incorporación de actividades laborales
Ahorro de espacio en la oficinaCreación de espacio en el hogar para teletrabajar
Inclusión socialAfectación por contagio del Covid-19 o cualquier otra enfermedad

No obstante, a las limitaciones jurídicas respecto al Teletrabajo que tiene la República Dominicana, para agosto del año 2020, la Presidencia de la República a través de la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), elaboró la Guía sobre el Teletrabajo para los Organismos del Estado Dominicano, mediante la cual establece los objetivos siguientes:

  1. Brindar un marco conceptual sobre aspectos relevantes del teletrabajo.
  2. Motivar a los organismos a desarrollar puestos de teletrabajo.
  3. Presentar las ventajas del teletrabajo, tanto para el organismo como para el colaborador.
  4. Describir los diferentes roles y responsabilidades de las áreas involucradas en la implementación de un proyecto de teletrabajo.
  5. Recomendar herramientas que faciliten la ejecución del teletrabajo.
  6. Poner a disposición de los organismos un documento ayuda que sirva de referencia en la creación y coordinación de un proyecto de teletrabajo.

Si bien esta guía es un referente muy importante para la implementación del teletrabajo, no es una norma, por lo que pudiera interpretarse como una opción por parte de las autoridades que requieran trabajar bajo cualquiera de las modalidades del teletrabajo, y esto a nuestra consideración, no debe ser una opción, sino que más bien debe ser integrado en las leyes laborales de la República Dominicana con todo un esquema regulatorio en el cual se establezcan claramente las reglas del juego.

A modo de conclusión podemos decir que el Teletrabajo sirve de apoyo a las organizaciones que requieran dirigir sus trabajadores bajo cualquiera de sus modalidades, en el sentido de que implementarlo reduce, por un lado, como ya establecimos, espacios, horarios, estrés laboral y por el otro lado, fomenta la inclusión social y la disminución de la contaminación ambiental. Ahora bien, es necesario que se reglamente el Teletrabajo para seguir promoviéndolo en las diferentes ofertas laborales y de esta forma también establecer los límites y beneficios de este.

Bibliografía

Boiarov, S. (2008). Informe sobre Legislación y Normativa vinculada al Teletrabajo en

América Latina y el Caribe. Comisión Económica para América Latina y el Caribe, Naciones Unidas (CEPAL).

Código de Trabajo de la República Dominicana. (1992). Santo Domingo, Rep. Dom.

de Economía, Planificación y Desarrollo, M. (2014). Segundo Informe Anual del Avance de la Implementación de la END 2030 y Cumplimiento de Objetivos del POA del Sector Público. Santo Domingo, Rep. Dom.: Unidad Asesora de Análisis Económico y Social (UAAES).

de Tecnología de la Información y Comunicación, O. P. (Agosto de 2020). Guía del Teletrabajo para los Organismos del Estado Dominicano. Guía del Teletrabajo para los Organismos del Estado Dominicano. Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana: Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación Departamento de Estandarización, Normativas y Auditoría Técnica.

de Trabajo, M. (s.f.). Libro Blanco. El ABC del Teletrabajo en Colombia. Colombia: Colombia Digital.

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