La República Dominicana se encuentra en un proceso de modernización del derecho urbanístico que supone la necesaria ordenación del territorio nacional, atendiendo a los instrumentos técnicos, jurídicos y políticos, denominados “Planes de Ordenamiento Territorial”, los cuales son la respuesta a un mandato que la Constitución dominicana establece en su artículo 194: “Es prioridad del Estado la formulación y ejecución, mediante ley, de un plan de ordenamiento territorial que asegure el uso eficiente y sostenible de los recursos naturales de la Nación, acorde con la necesidad de adaptación al cambio climático”; debidamente integrados, ajustados y reconocidos en nuestro ordenamiento a través de la Ley núm. 368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos (en lo adelante “LOT”), más allá de los mandatos propios de la Estrategia Nacional de Desarrollo vigente.
El gasto tributario -sacrificios fiscales- consisten en los recursos dejados de percibir por el Estado por la existencia de incentivos o beneficios que reducen la carga tributaria que deberían de enfrentar determinados contribuyentes en relación con el sistema tributario que predomine. CIAT (2021). Este ha sido concebido en la Constitución Dominicana dentro del Régimen Económico y Financiero, y es concebido como una garantía institucional constitucional.
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