Resumen: En el desarrollo del presente artículo analizamos brevemente los poderes del presidente de la República, frente a la teoría de Nino del hiperpresidencialismo.
La prisión preventiva es impuesta por el Juzgador después de haber ponderado la pertinencia de la medida en una audiencia contradictoria, al evaluar los presupuestos de arraigo de la defensa técnica y elementos a cargo presentados por el Ministerio Público. Es el primer acto procesal en el que se realiza un test de razonabilidad con miras a limitar el derecho de libertad debido a la contingencia que representa el investigado, ya que la finalidad es garantizar su presencia en todas las etapas y salvaguardar todos los elementos y sujetos partícipes del caso, a pesar del carácter excepcional del encarcelamiento preventivo.
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