La legislación dominicana, mediante la Constitución de 2010 y la Ley núm. 137-11, estableció la vía procesal para la protección de derechos fundamentales y el cese de arbitrariedades cometidas por particulares o la Administración Pública. Dentro de esta, destaca la figura del amparo como el mecanismo idóneo para tutelar dichos derechos. Una de las formas específicas de este cause constitucional es la Acción de Amparo de Cumplimiento, regulada en el artículo 104 de la Ley núm. 137. El objetivo de esta forma de acción es demandar el cumplimiento de un deber conferido por una norma legal o acto administrativo.
El debido proceso, es un derecho fundamental que contempla ciertas garantías que deben existir para defender los derechos y libertades de las personas que intervienen en un proceso penal. El debido proceso busca la verdad de los hechos, pero esta verdad debe ser conseguida por los medios que la ley establece, y de la manera que la ley lo establece.
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