Aunque nuestra ley no realiza la distinción, la práctica ha generado dos tipos de auxiliares expertos. Por un lado, los más “comunes” son los que forman parte del equipo de uno de los tres funcionarios principales (conciliador, liquidador, verificador) y que – por ley – dicho funcionario debe registrarlos para poder tener un control de quienes manejan el expediente, instruyen su labor y están en contacto con la documentación relevante y confidencial.
Los ocho cambios paradigmáticos recientes en la jurisprudencia civil que presentaremos a continuación tienen su fundamento en la constitucionalización del proceso, en la influencia de la nueva composición de la Suprema Corte de Justicia y en el efecto aplicativo del precedente vinculante trazado por el Tribunal Constitucional.
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