Estamos plenamente de acuerdo con la aplicación de la figura de la motivación superabundante pues la labor de administrar justicia no puede ser aplicada de forma mecánica, sino que los jueces deben preservar los derechos fundamentales de las partes a través de decisiones judiciales razonables, no solo en derecho positivo, sino en base a principios fundamentales del Estado como lo es la justicia y, nuestra opinión es que sería injusto anular una sentencia y prolongar un proceso por varios años por corregir un error que no va a modificar uno de los aspectos esenciales del caso en cuestión.
Quien ostenta una hipoteca judicial provisional tiene la carga de, en su momento, perseguir la conversión de Provisional a Definitiva, y sobre ello mismo, al no hacerlo, recae la consecuencia de no hacerlo. El legislador, y los reglamentos internos de Registro de Títulos, nos dejan pensar que ese trámite, además de fiscal y registral, contrae una manifestación de voluntad que mantiene coherencia con todo el resto del ordenamiento jurídico
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