El principio non reformatio in peius tiene una doble dimensión, por un lado puede verse como un límite jurisdiccional al poder punitivo del Estado, principalmente a los órganos encargados de juzgar como el Poder Judicial, y por otro lado se entiende como una garantía procesal que constituye un elemento esencial del derecho a un acceso efectivo a los recursos procesales.
La declaratoria de lesividad es una de las mayores conquistas legislativas alcanzadas en el marco de la regulación estatal, ya que impide el desconocimiento arbitrario por parte de la Administración Pública de un acto dictado por ella con efectos favorables. Consecuentemente, evitando que el Estado sea juez y parte en la evaluación final de la pertinencia de sus actos.
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