El ensayo destaca el apego al principio de actos propios en la Administración pública, doctrina que ordena que, en el pleno ejercicio de la función pública, los agentes encargados de ejecutar la voluntad estatal cumplan con la normativa vigente y los actos que ellos mismos han dictado y la relevancia de la no transgresión a este mandato de optimización. En el abordaje del estudio se desarrolla la validez de los actos administrativos, que deben hacerse y regirse por el ordenamiento jurídico vigente, teniendo los actores que intervienen en la elaboración de estos instrumentos la obligación de observar la Constitución y demás reglas de derecho aplicables, en conjunto con sus principios, actos los cuales no pueden ser suspendidos por instrucciones particulares no fundadas en derecho, incluso por la misma autoridad. El desarrollo del tema central abarca la ilicitud de contrariar este principio, y de cómo esto repercute negativamente en la administración a lo interno y los efectos negativos que producen a los destinatarios del acto, así como las reglas de reconocimiento; se hace un interludio en el aspecto judicial, a sabiendas de que los tribunales deben aplicar sus criterios y los dichos judiciales de instancias superiores como la casación en función nomofiláctica. Como otro efecto adyacente, la incursión en prácticas desconocedoras del derecho vigente como el fraude a la ley y las vías de hecho, anomalías eminentemente antijurídicas. Por último, cómo la transgresión al principio de los actos propios se convierte en subversión del orden constitucional.
Cada vez que solicitamos un crédito, enviamos un currículum, usamos una red social o interactuamos con un servicio público en línea, algo más que nuestros datos están en juego: decisiones que ya no siempre toma una persona, sino un sistema automatizado. Y ahí comienza un problema jurídico que en la República Dominicana todavía no hemos discutido con la profundidad necesaria.
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