De cara a una inminente reforma fiscal y la consulta del reciente borrador de reglamento circulado en la prensa y redes sociales, el presente artículo analiza la viabilidad de que los servicios digitales sean gravados, conforme la normativa vigente y la experiencia comparada.
El estudio del derecho a la desconexión digital se encuentra íntimamente ligado al teletrabajo. No encontramos que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) defina mediante una norma o resolución el concepto de teletrabajo. Pero, en el Manual de Buenas Prácticas del Teletrabajo , en el punto 5.1, aborda varias definiciones, entre la que resaltamos que: es la forma de organizar y realizar el trabajo a distancia mediante la utilización de las TIC (Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones) en el domicilio del trabajador o en lugares o establecimientos ajenos al empleador.