El fenómeno de los accidentes de tránsito en la República Dominicana, es cuento menos de alta preocupación sobre todo cuando se involucran peatones en autopistas y vías de acceso rápido plantea un desafío conceptual y práctico para la determinación de la responsabilidad jurídica. Así las cosas, en contextos donde la infraestructura pública carece de pasos peatonales, señalización adecuada o iluminación suficiente, surge la necesidad de distinguir, con criterios claros, entre la responsabilidad civil del conductor y la responsabilidad patrimonial del estado por el funcionamiento anormal del servicio público de seguridad vial. En el presente, se plantea que la imputación exclusiva al conductor o la declaración de falta exclusiva de la víctima resultan insuficientes cuando el riesgo generador del daño deriva de fallas estructurales del Estado.

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