Esta figura está llamada a ser un aliado de primer orden para el Tribunal Constitucional puesto que si contamos con un Defensor del Pueblo que al momento de acudir a la jurisdicción constitucional lo hace con pleno conocimiento de los principios y preceptos constitucionales, así como con el manejo adecuado de los precedentes del TC, sin dudas tendremos un órgano extra poder respetado y legitimado ante una sociedad que tendrá en este órgano un eficaz vigilante del respeto a los derechos fundamentales y un efectivo promotor de la buena administración.

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El presente artículo sostiene la idea que ha existido un cambio de orientación jurisprudencial -hasta el momento tácito- a lo interno del Tribunal Constitucional. El giro incorporado en la sentencia TC/0110/21, hace referencia a la doctrina sobre los actos administrativos de alcance particular o no normativos, pero también, en este trabajo se analiza la vertiente de los actos administrativos dictados en ejecución directa de la Constitución, en relación al caso en concreto.

Continuar leyendoLos actos administrativos de efectos particulares tras la sentencia TC/0110/21