La República Dominicana, al igual que otros países del mundo, adoptó en sus estrategias de trabajo lo que hoy en día conocemos como el teletrabajo, un término muy acuñado en estos tiempos, y que a raíz de la pandemia del Covid-19 (Coronavirus), las empresas y la Administración Pública implementaron en sus formas operativas de trabajar.
La condenación en pago de costas contra la parte que “sucumbe” en justicia, respondería a la supletoriedad del derecho civil sobre las disposiciones del Derecho Contencioso Administrativo; no obstante, el contexto actual es la compensación entre las partes del litigio a raíz de la interpretación extensiva que se le ha otorgado al párrafo V del art. 60 de la Ley núm. 1494, G.O. 6673